Delegue la complejidad normativa y recupere el enfoque en su negocio. Nos encargamos del diseño, administración e implementación total de su SG-SST, PESV y Planes de Emergencia. Mientras nuestro equipo de expertos asegura el cumplimiento estricto de la norma, usted y sus colaboradores pueden concentrarse plenamente en lo que mejor saben hacer: hacer crecer su empresa, institución o copropiedad. Nosotros gestionamos el riesgo, usted lidera el éxito.
Nuestra trayectoria nos permite ofrecer una consultoría integral en el diseño, administración y auditoría de su SG-SST y Plan Estratégico de Seguridad Vial. No solo cumplimos requisitos; protegemos su operación a través de un equipo interdisciplinario de profesionales especializados y con licencia vigente. Con nosotros, la seguridad de su organización está en manos expertas.
Porque no todas las organizaciones funcionan igual, la flexibilidad es nuestra prioridad. Ya sea una empresa, un negocio, institución educativa o propiedad horizontal, transformamos nuestra experiencia en soluciones personalizadas según su tamaño y necesidades. Analizamos su entorno actual para garantizar una implementación precisa, normativa y, sobre todo, efectiva.
¿Sabía que el incumplimiento de la normativa de seguridad puede poner en riesgo la continuidad de su negocio? Evite sanciones legales y proteja a su equipo de trabajo con el respaldo de expertos certificados. En un entorno laboral exigente, no deje el cumplimiento normativo al azar. Nuestro servicio de consultoría en Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) y Plan Estratégico de Seguridad Vial (PESV) está diseñado para empresas que buscan excelencia, no solo requisitos en papel.
En una emergencia, cada segundo cuenta. ¿Son sus diagramas ruta de evacuación claros, visibles y técnicamente correctos? Un diseño deficiente no solo acarrea multas, sino que pone en peligro la vida de sus colaboradores y visitantes. Ofrecemos un servicio profesional de levantamiento de planos y diseño de diagramas de rutas de evacuación, garantizando que cumpla con los más altos estándares de seguridad y señalética.
Haz que se detengan a mirar. No se trata solo de "verse bien", se trata de crear una conexión. Desde un feed de redes sociales que enamora, hasta una web funcional y piezas impresas con acabados impecables, nos encargamos de que tu identidad sea coherente y memorable en cada canal. Tu marca tiene una historia; nosotros diseñamos la mejor forma de contarla.
Hacemos las cosas bien, y las hacemos a tiempo. Así de simple. Creemos que la excelencia operativa es el respeto máximo hacia tu tiempo e inversión.
Sí. Según el Decreto 1072, el sistema es obligatorio para todos los empleadores públicos y privados, contratistas, organizaciones de economía solidaria y empresas de servicios temporales, sin importar el número de trabajadores.
No cualquier persona puede hacerlo. La normativa colombiana exige que el diseño y administración sea realizado por profesionales con licencia vigente, con perfiles específicos según el tamaño y nivel de riesgo de la organización.
Es una obligación anual que consiste en registrar el estado de avance del SG-SST en la plataforma del Ministerio del Trabajo.
El incumplimiento acarrea sanciones económicas severas impuestas por el Ministerio del Trabajo, además de la responsabilidad civil o penal en caso de accidentes laborales graves o enfermedades profesionales por falta de prevención.
Sí, sin excepción. El Decreto 1072 de 2015 establece que el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo debe ser implementado por todos los empleadores públicos y privados. Esto incluye a:
El sistema no solo cubre a los profesores de planta, sino también a aquellos contratados por prestación de servicios, personal administrativo, de servicios generales y vigilancia.
Totalmente. El empleador debe garantizar un Programa de Capacitación anual que proporcione conocimiento para identificar peligros y controlar riesgos relacionados con su labor educativa.
Sí, es 100% obligatorio. Según el Decreto 1072 de 2015, la Propiedad Horizontal, al ser una persona jurídica que contrata servicios (ya sea mediante contrato laboral o prestación de servicios), actúa como empleador o contratante.
La responsabilidad recae sobre el Representante Legal (Administrador), bajo la supervisión del Consejo de Administración. Ellos deben asegurar que el sistema esté vigente y que los contratistas (vigilancia, limpieza, mantenimiento) cumplan con sus propias afiliaciones y normas de seguridad.
Sí. El parágrafo del Art. 2.2.4.6.28 indica que la copropiedad debe verificar que sus proveedores y contratistas cumplan con el SG-SST. Además, deben ser informados sobre los riesgos específicos de la copropiedad (ej. riesgos eléctricos en cuartos de máquinas o caídas en zonas comunes).
La copropiedad debe conformar, capacitar, entrenar y dotar a una brigada de emergencia (que puede incluir empleados y voluntarios residentes) para responder ante incendios, sismos o emergencias médicas en las zonas comunes.
Sí. El Decreto 1072 (Artículo 2.2.4.6.11) establece que el empleador debe garantizar que los trabajadores independientes y contratistas tengan conocimiento sobre los riesgos a los que están expuestos y las medidas de emergencia.